El
Ayuntamiento ha comenzado el período de pago voluntario del IBI
(Impuesto sobre Bienes Inmuebles), por por ello creemos conveniente que
entendáis claramente este impuesto y que conozcáis algunas verdades
sobre el mismo.
¿Qué es el IBI?
Es
un impuesto que están encargados de cobrar los Ayuntamientos y que
grava el valor catastral de los bienes inmuebles que estén en su
municipio. La gestión del IBI se comparte entre el Estado y los
Ayuntamientos.
¿De qué se compone?
Valor Catastral: Se compone del valor del suelo más el valor de la construcción de la vivienda. El Estado se encarga de fijar este valor.
Base Imponible: Es la cantidad que resulta del valor catastral sin aplicarle reducciones y/o bonificaciones.
Base Liquidable: Es la cantidad a pagar una vez que se aplican reducciones y/o bonificaciones, si las hay.
Tipo aplicable:
Es el tanto por ciento que se aplica a la Base Imponible para
determinar la cuota tributaria. Este tipo es el que aplican los
Ayuntamientos, en Arganda de Rey se había congelado en 2011 el tipo en
un 0’46%, que este año, 2012, por orden del Ministerio de Hacienda se
fija en un 0’5%.
Cuota Tributaria: Es el resultado de aplicar a la Base Imponible el Tipo Aplicable, pero antes de las Bonificaciones.
Bonificación: Algunas
viviendas por su tipología, como las de Protección Oficial, se
benefician de reducciones, así como las familias numerosas. También por
la domiciliación bancaria se pueden aplicar bonificaciones.
Deuda Tributaria: Es el resultado final tras aplicar la bonificación a la Cuota tributaria.
¿Qué se hace con el IBI?
El IBI es la mayor fuente de financiación de nuestro Ayuntamiento, pero con la recaudación de este impuesto no se cubren todos los servicios que se prestan.
En
el presupuesto 2012 se hizo una estimación de recaudación a través del
IBI que ronda los 17 millones de euros, teniendo en cuenta que el
presupuesto municipal en su apartado de gastos estima un total de 57,9
millones para poder poner en marcha todos los servicios que son
competencia municipal, (Alumbrado, limpieza viaria, pavimentación de las
vías públicas, bibliotecas, cementerio, protección civil, instalaciones
deportivas, prevención y extinción de incendios, servicios sociales,
control de alimentos y bebidas, recogida de basuras, actividades
extraescolares, actividades escolares, etc.) Esto quiere decir que el ingreso de este impuesto solo cubriría el 28,8% de los gastos estimados para este ejercicio.
Peculiaridades en Arganda del Rey
- La última revisión del IBI que se formuló fue en 2005 en pleno auge inmobiliario, dando el resultado del Valor Catastral actual. El Equipo de Gobierno del Partido Popular ha demandado una nueva revisión de estos valores a la baja en la Dirección General del Catastro dos veces, siendo denegada ambas.
- Los Ayuntamientos antes tenían la potestad de decidir el Tipo Aplicable, dentro de unos márgenes preestablecidos. (Siempre se aplicaba el tipo más bajo posible) Aunque este año por orden ministerial no ha podido ser así.
- Nuestro Ayuntamiento aplica la Bonificación más alta posible que es la de un 5% por domiciliación bancaria.